septiembre 19, 2024

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Funcionarios del IFT no podrán ganar más que AMLO; Corte niega suspensión

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La Comisión de Receso de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó otorgar una suspensión al Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), por lo que sus funcionarios no podrán percibir salarios superiores al del presidente Andrés Manuel López Obrador, por el momento. Pese al fallo, el IFT aún puede promover un recurso de reclamación, el cual será turnado a un ministro distinto a quienes integran la citada comisión, porque hay precedentes donde se ha concedido la suspensión a favor del Instituto Nacional Electoral (INE) y del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) para que no se vea afectada la remuneración de los servidores públicos. Las ministras Margarita Ríos-Farjat y Yasmín Esquivel Mossa integran actualmente la Comisión de Receso. Ambas admitieron a trámite la controversia constitucional del IFT donde impugna el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022. Sin embargo, cada una de las ministras votó de manera distinta, es decir, Esquivel Mossa se pronunció contra la suspensión, mientras que Ríos-Farjat consideró que sí era procedente. En casos de empate, la ministra con mayor antigüedad en el orden de su designación tiene voto de calidad. Así, por acuerdo del 21 de diciembre, la Comisión de Receso, con el voto de calidad de la ministra Yasmín Esquivel, se determinó negar la suspensión solicitada por el IFT respecto de las porciones impugnadas del Presupuesto de Egresos de la Federación que regulan las remuneraciones del Presidente de la República y los servidores públicos del instituto. La ministra Margarita Ríos-Farjat emitió un voto particular para dejar constancia que no comparte la determinación de su homóloga. “No comparto la determinación anterior, pues debió otorgarse la suspensión solicitada, ya que si bien la Comisión de Receso cuenta con amplias facultades para acordar los asuntos de su conocimiento, considero que debe darse una deferencia al ministro o la ministra instructora en casos que guardan conexidad con el presente asunto. Recordó que al ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá se turnaron las controversias constitucionales 205/2021, 209/2021 y 218/2021 promovidas por el Banco de México (Banxico), el INE y el Inegi, respectivamente, donde se impugna el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2022, en el aspecto relativo a la remuneración de los servidores públicos. Ríos-Farjat mencionó que por acuerdos de 10 y 13 de diciembre de este año, el ministro instructor otorgó la suspensión solicitada en las controversias constitucionales 209/2021 y 218/2021, lo anterior, para el efecto de que no se apliquen como parámetro en la determinación de las remuneraciones de los servidores públicos lo dispuesto en los diversos anexos del presupuesto impugnado y, en consecuencia, las percepciones se fijen exclusivamente conforme a lo establecido en los artículos 75, párrafo primero, y 127 de la Constitución. “Finalmente, toda vez que mi desacuerdo con la decisión adoptada en la Comisión de Receso se sustenta en la deferencia al ministro que ha fijado su postura en procesos de instrucción de asuntos que guardan conexidad con el presente, reservo mi criterio para casos futuros dejándolo a salvo del presente voto”, puntualizó.