diciembre 12, 2025

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Gobierno regula cancelación inmediata y cobros automáticos de plataformas digitales

Este 12 de diciembre se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un decreto clave para millones de usuarios: nuevas reglas que regulan los cobros automáticos y facilitan la cancelación de suscripciones, servicios y membresías.

Este decreto adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor, de acuerdo con Profeco, con el fin de fortalecer los derechos de las personas consumidoras en entornos digitales, específicamente ante servicios con cobros automáticos recurrentes.

¿Qué cambia con esta reforma?

De acuerdo con el decreto publicado en el DOF, los proveedores ahora deberán cumplir con estas nuevas obligaciones:

Información clara de los cobros automáticos

La fracción VIII exige que las empresas informen de manera clara, destacada y accesible cuando un servicio implica cobros automáticos recurrentes. Esta información deberá incluir:

Monto del cobro

Periodicidad

Fecha exacta de cargo

Además, cualquier cobro deberá contar con consentimiento expreso e informado del consumidor.

Aviso antes de las renovaciones automáticas

Si un contrato contempla la renovación automática, el proveedor deberá notificar al menos cinco días naturales antes, permitiendo que el usuario decida si continúa o cancela sin penalización.

Cancelación inmediata y sin trabas

La fracción IX obliga a las empresas a habilitar mecanismos que permitan la cancelación inmediata de servicios, suscripciones o membresías. Con esto se busca eliminar procesos confusos, largos o diseñados para desincentivar la baja del servicio.

Asimismo, en el Diario Oficial de la Federación se indica que “el proveedor respetará la decisión del consumidor en cuanto a la cantidad y calidad de los productos que desea recibir, así como la de no recibir avisos comerciales”.

Profeco: habrá sanciones si no se cumple la Ley

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) confirmó que estas nuevas disposiciones entran en vigor el 13 de diciembre de 2025, y advirtió que los proveedores que no cumplan serán susceptibles a sanciones conforme a la Ley.

La institución reiteró que la reforma fortalece los derechos de los consumidores en entornos digitales, sobre todo ante servicios con cobros automáticos recurrentes.

¿Dónde denunciar si te hacen cargos no autorizados o dificultan la cancelación?

Profeco recordó que los consumidores pueden presentar quejas y denuncias a través de sus canales oficiales:

Teléfono del Consumidor:

55 5568 8722

800 468 8722

Correos electrónicos:

quejastelecomunicaci@profeco.gob.mx

denuncias.telecom@profeco.gob.mx

Redes sociales:

X: @AtencionProfeco | @Profeco

Facebook: @ProfecoOficial

Instagram: @profecooficial

TikTok: @profeco

Atención presencial:

En cualquiera de las 38 Oficinas de Defensa del Consumidor (Odeco) en el país.